FAPE

La FAPE se creó precisamente en Santander, el 19 de mayo de 1922. A lo largo de su ya dilatada vida la FAPE ha contado con 17 presidentes. Su historia es, por tanto, la de la profesión periodística en España durante todo el último siglo. La FAPE es una organización profesional y sindical que se rige por la Ley 91/1977 de Asociaciones Profesionales y está legalizada con el número 896.

La Federación y las asociaciones que la integran, entre las que está la Asociación de la Prensa de Cantabria, asumen los derechos y deberes relativos a:

1. El ejercicio de la libertad de información y expresión recogidos en el artículo 20.1.a de la Constitución Española.
2. La representación profesional y laboral de los periodistas españoles.
3. El desarrollo de la deontología, periodística e informativa.

Pueden ser miembros de la Federación de Asociaciones de la Prensa de España las Asociaciones de Prensa legalmente constituidas al amparo de la legislación vigente, estatal o autonómica, que cumplan los requisitos contemplados en los estatutos de la FAPE aprobados en Asamblea Extraordinaria celebrada en Lanzarote el día 8 de junio de 2001.

Corresponden a la Federación de Asociaciones de la Prensa de España las siguientes funciones, entre otras: *Representar a todas las Asociaciones de la Prensa de España para el cumplimiento de sus fines, sin perjuicio de la capacidad que corresponde en su ámbito a las Asociaciones de la Prensa.

* Estimular las iniciativas y conductas que contribuyan a la libertad de información y expresión, con especial atención a los problemas que puedan derivarse de la concentración empresarial.

* Velar por el cumplimiento de los principios deontológicos en el ejercicio de la actividad periodística e informativa.

* Conocer e intervenir en las cuestiones que afecten a los periodistas asociados y ejercer en nombre de ellos todos los derechos reconocidos en las Leyes, sin perjuicio de las que correspondan a las Asociaciones de la Prensa y a cada periodista.

Jesús de la Serna, ex presidente de la FAPE, junto a la presidenta de la Asociación de la Prensa de Cantabria, María Angeles Samperio, junto al monumento a los periodistas cántabros ubicado en la Península de La Magdalena

El ex presidente de la FAPE, Jesús de la Serna (izquierda), saludado por el ex presidente de la APC, Juan Antonio Prieto

*A tal efecto, la FAPE, a través de las Asociaciones de la Prensa, podrá presentar candidaturas de periodistas a las elecciones sindicales, al objeto de que formen parte de los comités de empresa de los diferentes medios de comunicación.

*Asimismo, podrá constituir secciones sindicales en dichos medios, al objeto de ejercer una más efectiva defensa de los intereses laborales de los asociados.

*Vigilar por el fiel cumplimiento de los acuerdos a que se refiere el apartado anterior y en especial lo que sea relativo al régimen de contratación.

*Impedir y perseguir, en su caso, la competencia ilícita y velar por la plena efectividad de las disposiciones que regulen las incompatibilidades en el ejercicio del periodismo, y concretamente lo relativo a las actividades publicitarias.

*Promover las reformas legales que sirvan a los fines establecidos en sus Estatutos; e informar, cuando los Poderes Públicos lo soliciten, las modificaciones de la legislación.

*Homologar los Estatutos particulares de cada una de las Asociaciones federadas, o sus reformas, al objeto de garantizar su compatibilidad con los vigentes Estatutos de la FAPE.

*Mediar en los conflictos que puedan suscitarse entre las distintas Asociaciones de la Prensa integradas en la Federación, a petición de alguna de las partes, y resolver con plena capacidad y en última y definitiva instancia administrativa dichos conflictos.

*Conocer los recursos que ante la FAPE se establecen, contra la negativa expresa o tácita de las respectivas Asociaciones de la Prensa, a una petición de incorporación; y de los que se interpongan en impugnación de acuerdos de imposición de sanciones que, en función disciplinaria, adopten aquellas; así como los que procedan contra otra clase de acuerdos, cuando éstos vulneren las disposiciones vigentes y muy especialmente las normas estatutarias. Agotado el cauce federativo, podrá recurrirse por la vía judicial.

*Establecer con carácter nacional, las cuotas máximas para la incorporación a las Asociaciones.

*Crear servicios de carácter común (profesionales, sindicales, jurídicos, asistenciales, mercantiles o de cualquier tipo), que contribuyan a una mejor gestión de los intereses de la FAPE y las Asociaciones.

*Establecer y fortalecer sus vínculos con otras entidades internacionales de periodistas, y entender sobre la defensa de los intereses de estos profesionales extranjeros residentes en España, siempre bajo el criterio de reciprocidad.

*Cuantas otras funciones redunden en beneficio de los intereses de los periodistas.

* Promover el establecimiento de contactos y/o convenios con otros colectivos profesionales.